lunes, 11 de noviembre de 2019

TELETRABAJO


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¿Qué es el teletrabajo? ¿qué beneficios genera? ¿qué implicaciones legales tiene su implementación?. Son preguntas frecuentes hoy día tanto de empleados en empresas que lo están implementando, como de empresarios que están empezando a evaluar esta nueva modalidad de trabajo en nuestro país.

El concepto de teletrabajo, surgió a mediados de los años 70´s con motivo de la crisis del petróleo. Algunos pensaron en llevar el trabajo a los trabajadores en vez de llevar los trabajadores al trabajo, ya que esto representaba un ahorro energético para los países y las empresas. El teletrabajo consiste en laborar fuera de la oficina, preferiblemente, desde la casa del trabajador, lo cual demanda que la casa del trabajador tenga las facilidades mínimas para tal fin, ejemplo: conexión a internet, espacio físico adecuado, etc.

Hoy, cientos de empresas a nivel mundial están aplicando este sistema con resultados satisfactorios para ambas partes (empresa y trabajador), especialmente si se desea atraer y conservar el talento joven que se incorpora al mercado laboral.

Para la empresa supone ahorro de espacio físico, energía eléctrica, mobiliario, facilidades, alquiler, estacionamiento, etc.

Para el trabajador, esta opción podría representar ahorro de tiempo, y una mejora en su calidad de vida, al evitar el desgaste de los traslados, facilitar una alimentación más sana y un mejor balance vida/trabajo.

La pregunta clave es ¿cómo deberíamos implementar esta modalidad de trabajo con el fin de disminuir cualquier riesgo para la empresa y, a la vez, lograr la satisfacción de nuestros empleados?. 

Mi recomendación sobre el particular, previendo las implicaciones legales que esta nueva modalidad de trabajo tiene, es que la empresa evalúe su implementación considerando:

1. Qué tipo de posiciones y empleados dentro de la empresa podrían acogerse al
teletrabajo, dependiendo de sus requerimientos tecnológicos y/o necesidad de
interacción con otros departamentos.

2. Si las facilidades y capacidades tecnológicas de su empresa son las adecuadas
para ofrecer esta modalidad de trabajo. 

3. Conjunto de deberes y derechos de ambas partes frente a esta modalidad.

4.  Definir si será a tiempo parcial ( asistir a la empresa y trabajo en casa) o tiempo
completo (sin asistir a la empresa).

5. Procesos para impartir instrucciones de trabajo y su debida supervisión.

6. Condiciones mínimas que debe cumplir el área de trabajo del trabajador ( casa ).

7. Métodos para asegurar la confidencialidad de la información.

8. La capacitación en temas de: salud, higiene, seguridad, buenas prácticas ambientales y la socialización general y familiar.

    Para su implementación, como premisa inicial y básica, se requiere: un acuerdo escrito, el consentimiento del trabajador, que no haya renuncia de derechos del trabajador y que las obligaciones de ambas partes sean claras. 

Este tema es especialmente relevante y actual, porque la aporbación de la Ley 126 de 18 de febrero de 2020, referente al TELETRABAJO, ha permitido a los empresarios y trabajadores mantener las operaciones y fuente de empleo, limitadas por la pandemia del  covid-19. En virtud de lo antes expresado, las empresas deben adecuar sus contratos laborales o adendas, consecuentemente, al momento de implementar esta modalidad de trabajo para cumplir con las normas legales vigentes.





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